Contribuir a la estabilización de los ingresos de los productores de café y protegerlos de los precios bajos con su estructura, finalidades, funciones y recursos para su capitalización y financiamiento es el objeto del proyecto de ley que fue aprobado en la plenaria del Senado, en su segundo debate.
La iniciativa, cuya autoría es del actual presidente del Senado, Ernesto Macías (Centro Democrático) y del representante Rubén Molano, responde a las necesidades del ejercicio de la caficultura en el país, si se tiene en cuenta que es una actividad en la que predominan los pequeños productores, siendo un 95,8 por ciento de los caficultores los que desarrollan su actividad en latifundios de cinco hectáreas o menos. Es decir, que de los más de 578 mil predios cafeteros, 554.587 son de los pequeños productores, representando el 73 por ciento del total del área cultivada en el país. Se trata entonces de un mercado en el que su mayor representante es una población vulnerable, desde una perspectiva socioeconómica.
En la ponencia, elaborada por el senador Rodrigo Villalba (Partido Liberal), se indica que el proyecto beneficiará a cerca de 555.692 familias cafeteras, productoras de 931.746 hectáreas en café, permitiéndoles generar una estabilización de sus ingresos.
A su vez, el senador Ernesto Macías explicó que el Fondo permitirá un ingreso remunerativo para los cultivadores del grano, mediante el financiamiento de primas para acceder a los mecanismos de estabilización de los precios del café pergamino seco, que se establezcan en el marco de la presente ley.
Administración
Así mismo señaló que organismo será administrado por la Federación Nacional de Cafeteros y el Gobierno Nacional suscribirá el contrato correspondiente, en el cual se señalarán los términos y condiciones bajo los cuales será orientado y definirán las responsabilidades de las partes para atender lo relacionado con la estructuración, auditoría, e implementación de los mecanismos de estabilización. Igualmente se definirán los costos y gastos imputables a este Fondo y las fuentes con que se cubrirán los mismos.
Es de señalar que dentro del articulado se establece que la Federación Nacional de Cafeteros manejará los recursos que conforman el Fondo de Estabilización de Precios del Café de manera independiente de sus propios recursos y de los del Fondo Nacional del Café, para lo cual deberá llevar una contabilidad separada, de forma que en cualquier momento se pueda establecer su estado y el movimiento de los recursos provenientes de cada una de sus fuentes.
Se resalta en el texto del documento que el Comité como órgano de dirección del Fondo de Estabilización de Precios del Café cumplirá funciones como la de determinar las políticas y lineamientos para el manejo del Fondo de Estabilización de Precios del Café, expedir el reglamento operativo de este Fondo y de los mecanismos que se adopten para su operación como determinar los parámetros de precios y procedimientos a partir de los cuales se activarán los respectivos mecanismos de estabilización. De la misma manera tendrá que evaluar y establecer una política de gestión del riesgo financiero de precios y demás variables que determinan el precio interno del café, entre otros.
Además, la financiación del Fondo tendrá recursos del Presupuesto General de la Nación, los que aporten las entidades públicas o personas naturales o jurídicas de derecho privado, de acuerdo con los convenios que se celebren al respecto, como otros dineros destinados a la reserva para estabilización.
Tendrá igualmente aportes provenientes de ahorros o contribuciones que realicen directamente los caficultores al capital del Fondo, además de los recursos que se generen de los rendimientos de las inversiones temporales que se efectúen con los recursos del Fondo de Estabilización de Precios del Café en títulos de deuda emitidos, aceptados, avalados o garantizados en cualquier otra forma por la nación o en valores de alta rentabilidad, seguridad y liquidez expedidos por el Banco de la República y otros establecimientos financieros. Además donaciones o aportes de organizaciones internacionales o nacionales, otros aportes provenientes del Sistema General de Regalías y también de los provenientes del posconflicto, establecidos por parte del Gobierno nacional, organismos internacionales o nacionales.
El Gobierno nacional reglamentará lo referente al los mecanismos de entrega de los subsidios al productor, el rol del administrador del Fondo de Estabilización de Precios del Café como certificador de la producción y del productor y las obligaciones correspondientes al productor en caso tal de tratarse de comercialización al interior del país o de exportaciones.
El proyecto de ley, luego de su aprobación en el Senado, hará trámite ante la Cámara de Representantes, donde se espera que también reciba luz verde y pueda luego tener la respectiva sanción presidencial, para convertirse en nueva Ley de la República.
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